PHCD 19-26 PROYECTO DE DECLARACIÓN DE INTERÉS A LOS SENDEROS DE EL CHALLAO

APROBADO 

6 DE FEBRERO DE 2026

PROYECTO DE DECLARACIÓN DE INTERÉS CULTURAL, SOCIAL Y

TURÍSTICO

VISTO: La relevancia histórica, el valor patrimonial y el potencial terapéutico-ambiental de la

localidad de El Challao, así como el programa de "Rescate y Puesta en Valor de los

Senderos de El Challao"; impulsado por la Asociación Comunitaria de El Challao Personería

Jurídica N°4196 y

CONSIDERANDO:

Que la investigación realizada por los alumnos de 5° año del Colegio PS-100 Champagnat

bajo la metodología de Aprendizaje Basado en Problemas (ABP) ha permitido redescubrir

que El Challao no es solo un destino de turismo deportivo (Cerro Arco), sino un enclave

fundamental para el origen de la salubridad y la forestación de la Provincia de Mendoza.

Que el "Antiguo Vivero del Challao", ubicado en la zona, es el sitio fundacional de la

vegetación que hoy ostenta el Parque General San Martín y la Ciudad de Mendoza. Según

los estudios del médico higienista Emilio Coni y el diseño de Carlos Thays, este vivero

funcionó como el "pulmón" y laboratorio de aclimatación para las especies que

transformarían el clima árido de la provincia en un entorno saludable.

Que los senderos propuestos por la institución educativa rescatan hitos de incalculable valor

histórico, tales como:

● El Antiguo Club de Periodistas, sitio donde funcionó el Hotel Serranía del Challao

hacia 1880, reflejando el pasado de la zona como la "pequeña Mar del Plata" de

Mendoza.

● Las "Antiguas Palestras", formaciones rocosas utilizadas históricamente como

campo de entrenamiento para expediciones al Himalaya.

● Las "Aguas Sulfurosas" o "Aguas Hediondas", cuya fama por propiedades

curativas y medicinales atrajo a las familias más acaudaladas de la época.

Que el Cerro Arco posee una dimensión histórica sanmartiniana, siendo identificado como

un mirador estratégico durante la Campaña del Ejército de los Andes, y cuyo nombre rinde

tributo al Sargento Mayor Antonio Arcos, comandante de campo de San Martín y

responsable del relevamiento geográfico de la zona.

Que el proyecto de los estudiantes, denominado "Sendero Histórico. Recuperación del

patrimonio cultural del Challao", destaca por su enfoque de economía social y

solidaria. El mismo no se limita al senderismo, sino que propone un modelo de

financiamiento para la construcción del Centro de Salud y Acción Comunitaria de El

Challao, una necesidad básica insatisfecha para una población de aproximadamente

15.000 habitantes que carece de atención médica cercana.

Que la iniciativa educativa incorpora el uso de tecnologías sustentables, mediante el

diseño y construcción de paneles solares fotovoltaicos caseros realizados con materiales

reciclados por los propios alumnos, destinados a iluminar y señalizar los senderos sin

generar impacto ambiental negativo en el piedemonte.

Que es imperativo que este Cuerpo Deliberativo reconozca el compromiso social de los

jóvenes y docentes de la Escuela Champagnat —institución de cuota cero que cumple un

rol vital en un sector de alta vulnerabilidad—, quienes han transformado una problemática

ambiental y social en una propuesta técnica de desarrollo local.

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS DECLARA:

ARTÍCULO 1º: Declarar de interés municipal, histórico y sociocultural del Departamento de

Las Heras al programa de rescate y puesta en valor de “LOS SENDEROS DE EL

CHALLAO”, y el informe técnico “Sendero Histórico. Recuperación del patrimonio

cultural del Challao” elaborado por los alumnos del Colegio PS-100 Champagnat,

impulsado por la Asociación Comunitaria de El Challao Personería Jurídica N°4196.

ARTÍCULO 2º: El Poder Ejecutivo Municipal, a través de las áreas que correspondan,

tomará como base los relevamientos históricos y botánicos realizados por la institución

mencionada para la señalética oficial de la zona, destacando el rol del Antiguo Vivero en el

patrimonio forestal mendocino.

ARTÍCULO 3º: Facilitar la articulación entre la Asociación Comunitaria de El Challao y las

áreas técnicas municipales para acelerar la culminación del Centro de Salud y Acción

Comunitaria, reconociendo el esfuerzo de los vecinos y estudiantes por garantizar el

derecho universal a la salud.

ARTÍCULO 4º: De forma.

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