D-PHCD-150-2025 P.R. SOBRE ÁRBOL EN CALLE PERÚ AL 947
APROBADO
24 DE JULIO
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO; La necesidad de solucionar las problemáticas relacionadas con el arbolado
público en el Departamento de Las Heras. La urgencia de atender específicamente
el ejemplar ubicado en la calle Perú al 947 que pone en riesgo el inmueble del
frentista, el reclamo N° 3.175, Expte N° S- 6.773 a nombre de Sosa Hugo realizado
el 18/05/2015 s/ erradicación de forestal, La Ley de arbolado público N° 7.874. Y,
CONSIDERANDO;
Que en la calle Perú N° 947 existe un árbol que ha crecido
considerablemente con el paso de los años, sus ramas sobrepasan la altura de la
casa y grandes ramas se vuelcan peligrosamente sobre el techo del inmueble
debido a la falta de poda regular en la zona. Como se evidencia en la
documentación adjunta, las raíces también han logrado romper la vereda, el puente
y la acequia en la que se encuentra emplazado el ejemplar.
Que inicialmente este reclamo se originó en el año 2012 a nombre de Sosa
Hugo quien elevó una nota ante el municipio y actualmente su esposa, la dueña de
la casa nos comentó que hace varios años las raíces del árbol rompieron no
solamente la vereda y el puente de la casa sino que hacia el interior de la vivienda
produjo el deterioro del caño y el sifón de la cloaca, teniendo que realizar una
costosa obra para reparar los daños que también afectaron a su vecino ya que el
agua se filtraba desde su patio al del vecino, deteriorando el piso y la medianera de
ambos inmuebles.
Que si bien en su momento no se permitió la extracción del ejemplar la
situación se ha ido agravando con el transcurrir de los años por lo que solicita
vuelva a ponerse en consideración la evaluación de este caso dado el perjuicio que
ha provocado la falta de mantenimiento del arbolado público en general, que
también impactó sobre el ejemplar en cuestión.
Que este problema se ha perpetuado y con el transcurrir de los años las
raíces del árbol han seguido creciendo y hoy se observa cómo se sigue agrietando
en el interior de su casa el piso del estar, la galería y el patio, porque las raíces
continúan avanzando en busca de agua por debajo del inmueble del frentista y sus
vecinos.
Que la Ley N° 7.874 de Arbolado Público, establece directrices para la
protección y el mantenimiento del arbolado público, garantizando la seguridad y el
bienestar de los ciudadanos.
Que la falta de mantenimiento adecuado de los árboles puede llevar a
situaciones de riesgo, como caídas de ramas o árboles, lo que contraviene lo
estipulado en esta ley.
Que el incumplimiento de las obligaciones de mantenimiento no solo afecta la
salud del arbolado, sino que también pone en peligro la seguridad de la comunidad,
lo que va en contra del objeto de la misma.
Que además el estado del ejemplar y la irregularidad de la vereda pública
afecta la seguridad y la accesibilidad de los peatones, además por el peligro de
caída de ramas siendo fundamental que esta institución cumpla con la normativa
vigente y garantice que el arbolado público se mantenga en condiciones óptimas,
evitando así cualquier tipo de accidente o perjuicio que pueda afectar a los
ciudadanos de Las Heras.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS
RESUELVE:
Artículo 1º: Solicítese al Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección
correspondiente, realice los actos útiles necesarios y se evalúe la extracción del
mencionado ejemplar y su respectivo tocón, asimismo se proceda a la reparación de
la vereda, acequia, puente y cordón en Calle Perú N° 947, Departamento de Las
Heras.
Artículo 2º: De forma
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